Proceso de Evaluación

 

El JPEC realiza evaluaciones de jueces y magistrados dos veces siempre que sea posible:

  1. en el punto medio de antigüedad del juez con el propósito de mejorar su desempeño. Estas evaluaciones no se comparten con el público; y

  2. antes de una reelección de retención con el propósito de proveerle información a los electores. Los resultados de esta evaluación se comparten con el público al menos 45 días antes de la reelección de retención.

Las Evaluaciones se realizan a través de:

  • Encuestas confidenciales por escrito – Trabajamos con un despacho de investigación independiente que desarrolla y disemina las encuestas confidenciales a aquellos individuos y profesionales que hayan trabajado o tenido contacto con el juez o magistrado bajo evaluación.

  • Observaciones de la Corte – Basadas en criterios pre-establecidos y según lo permitan los recursos disponibles, algunos jueces son evaluados por observantes imparciales en visitas aleatorias durante procedimientos de la corte para evaluar su desempeño y manejo de la corte.

  • Entrevistas personales con cada juez/magistrado bajo evaluación – Durante estas entrevistas confidenciales, compartimos con el juez o magistrado los resultados de las encuestas. También se revisa la auto-evaluación del juez sobre su desempeño.

Después de la entrevista, auto-evaluación y revisión de los resultados de las encuestas, la JPEC finaliza un borrador de recomendación con las siguientes observaciones:

  • Retener – recomendación de votar a favor de retener al juez.

  • No Retener – recomendación de votar en contra de retener al juez.

  • Sin Opinión – Debido al bajo volumen de información obtenida no se puede hacer una recomendación, ya que de acuerdo a las reglas de la Comisión, los ocho miembros de la misma no pudieron acordar sobre una recomendación de Retener o No Retener.

  • Sin tiempo suficiente para evaluar (Nuevo para 2022) – La JPEC no pudo evaluar ni hacer recomendaciones a los electores debido a los plazos de tiempo de la evaluación, las reglas que rigen el proceso de evaluación de la JPEC y las leyes de New Mexico gobernando los plazos de retención judicial.

Al recibir la evaluación de vuelta, la JPEC revisa las modificaciones hechas por el juez o magistrado a su información biográfica, se revisa si es necesario, se finaliza y se incluye en el informe general de evaluación

El informe se disemina de varias maneras, incluyendo:

  • El sitio web de la JPEC.

  • A través de un Informe para Electores que se publica en el sitio web de la JPEC y se reproduce parcial o totalmente en periódicos a través del estado.

  • A través de medios de publicidad tradicionales y digitales.

  • A través de publicidad.

 

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